Ley Sinde
Después de la reciente aprovación de la famosa “ley sinde”, me he visto con la obligación/necesidad de escribir algo al respecto.
He estado leyendo foros, comentarios, noticias de periódicos y diferente publicaciones sobre el tema, que hablan tanto a favor como en contra de esta ley y de las repercusiones que puede tener y La gran mayorÃa cuestionan su constitucionalidad (dejando, además, en entre dicho la eficacia de la ley)
Para los que no hayáis leÃdo demasiado sobre el tema, “ley sinde” no es en realidad una ley, si no un conjunto de modificaciones para facilitar el cierre de webs con contenido con derechos de autor o con enlaces a paginas con derecho de autor. Esta filosofÃa de cerrar paginas “ilegales” a mi me parece muy correcta, pero hay que analizar bien la ley y las paginas, y veremos que (otra vez) se han pasado de la raya.
Hasta ahora, los jueces han quitado la razón una y otra vez a la industria discográfica o del cine ya que ha absuelto una y otra vez a internautas que han descargado contenidos y a páginas web que enlazan contenido protegido. Por algo tan sencillo como que enlazar no es un delito. Ahora sin embargo, sà podrÃa argumentarse que una página web de enlaces es “susceptible de causar un daño patrimonial” y por tanto se podrÃa iniciar un proceso para cerrarla. EstarÃamos entonces (y perdón por la expresión) pasándonos por el forro la presunción de inocencia que libera a tantos delincuentes de sus condenas.
Y ahora viene la pregunta:
- ¿Es realmente útil la ley?
Pues No. Su jurisdicción será únicamente el territorio español.
Quizás podrÃa suponer el cierre de un montón de páginas web de enlaces -o no- pero quedarÃan tantas ahà fuera que serÃa imposible acabar con todas. Es decir, únicamente servirÃa para amedrentar, pero desde luego no tendrÃa un efecto práctico en la disminución de las descargas, y si además tienes en cuenta que pueden migrar una web a un hosting exterior, dejándola asà fuera del territorio español, te das cuenta del poco impacto que puede tener.
Comentan también que por la LSSI se podrÃa solicitar el bloqueo de una web alojada fuera de España mediante su IP, y asà volverÃamos a la censura.
En cualquier pagina se usan logos, textos, descargas, enlaces que tienen o llevan a lugares que tiene propiedad intelectual y permiten conseguir y descargar contenidos con copyright de manera ilegal, incluso si hiláramos muy fino, deberÃamos censurar los buscadores, ya que en sus páginas albergan infinidad de enlaces a paginas ilegales de todo tipo (ya no solo de descargar ilegales) si no de pornografÃa infantil, fomento de la violencia …
¿Y que es lo mas divertido?
La ley no prevé la adopción de medidas contra quienes realizan las descargas. Tampoco contra las plataformas como eMule, que se sirven de los archivos alojados en los discos duros de los usuarios particulares. Asà que a lo peor, la gente que habitualmente se descarga pelÃculas o contenidos ilegalmente, regresarÃa a los famosos programas de intercambio P2P, y planteo yo lo siguiente:
¿Si estos programas hicieron tanto daño cuando nuestras conexiones eran de 1 a 3MB, que ocurrirá ahora que se ofertan conexiones de 50MB? ¿Resurgirá el negocio del TOP manta? ¿La tomarán entonces con los negrillos que intentan ganarse 4 duros como hacÃan antes, sin atacar a los que realmente están detrás de todo ese negocio? ¿Cuanto tardará en modificarse o añadirse o crearse una nueva ley por la ineficiencia de la “ley sinde”?
Fuentes y otros enlaces:
http://www.elmundo.es/blogs/elmundo/catalejo/2011/01/24/ley-sinde-for-dummies.html
http://www.cadenaser.com/cultura/articulo/supone-ley-sinde/csrcsrpor/20101221csrcsrcul_2/Tes
en enero 25th en 19:40
Muy bueno el artÃculo
La verdad es que es totalmente ilegal y anticonstitucional.